Columnistas Jalisco

Paridad en el Poder Judicial de la Federación

La paridad es la igualdad política entre mujeres y hombres, es el derecho de las ciudadanas y los ciudadanos de ser votados en las mismas condiciones para todos los cargos de elección popular. Ahora, el Poder Judicial de la Federación, no es la excepción.

Hay que recordar que este poder está marcado por la desigualdad entre hombres y mujeres para ejercer los más altos cargos como personas juzgadoras.

Históricamente los espacios de mayor jerarquía han sido ocupados por hombres en el Poder Judicial, basta apuntar que fue hasta 1961 cuando fue nombrada la primera mujer ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, María Cristina Salmorán de Tamayo, mientras que fue hasta 1975 que Livier Ayala Manzo se convirtió en la primera magistrada de circuito.

Entre los estudios que ha destacado el Instituto Nacional Electoral está el de Diagnóstico Carrera Judicial y Género: de Secretarias a Juezas, Un techo de cristal, en el cual se señala que en 2013 habían 617 hombres en magistraturas, es decir, el 82.16% del total, mientras que solo 134 eran mujeres (17.84%) en el mismo nivel. En el caso de las personas titulares de los juzgados, el 75.68% eran hombres y el 24.31% mujeres.

Este estudio evidencia el déficit existente en el reconocimiento del derecho de las mujeres para formar parte de los órganos jurisdiccionales, siendo una cuestión preocupante, ya que, justamente son los tribunales quienes tiene como función esencial el reconocimiento de los derechos de todas las personas.

También hay que recordar que, si bien, en años recientes, estos indicadores se han visto alterados en beneficio de las mujeres, el crecimiento e impacto real ha sido poco esperanzador, con un enfoque cuantitativo muy limitado.

Ahora, con las últimas modificaciones a la Constitución general en materia de la elección de las personas juzgadoras (2024), existe la oportunidad para que la realidad en el país en materia de paridad dé un salto trascendental y se garantice la inclusión en el Poder Judicial de la Federación de la visión y experiencia de las mujeres en la impartición de justicia, lo cual es un beneficio no solo cuantitativo sino también cualitativo, para ellas y para México en su conjunto.

La Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, así como las recomendaciones generales de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), imponen como compromiso de los Estados parte alcanzar la igualdad de género, y en este sentido la necesidad de adoptar medidas para garantizar a las mujeres igualdad de acceso y la plena participación en las estructuras de poder y en la adopción de decisiones.

Esto es, los Estados (como el mexicano) deben contemplar medidas para eliminar los obstáculos que les impiden a las mujeres participar en la política y en la adopción de decisiones, sobre todo, asegurar su participación en la adopción de decisiones fundamentales como es la impartición de justicia, en condiciones de igualdad.

De esta manera, es importante reconocer que la reforma del Poder Judicial de la Federación es un aspecto benéfico y trascendente para garantizar una toma de decisiones efectiva e inclusiva,abordando no solo la participación numérica (al asegurar que por lo menos la mitad de los cargos de personas juzgadoras correspondan a mujeres), sino que también aminora las condiciones que limitan el acceso de las mujeres a espacios de poder (de ahora en adelante esos espacios estarán asegurados para ellas).

Como ha sido reconocido con anterioridad, es verdad que el país caminaba hacia la paridad de género en los más altos cargos del Poder Judicial de la Federación, pero a un ritmo muy lento, realmente faltaba un largo camino por recorrer para que ello se materializara, sin embargo, ahora como sociedad, esa posibilidad está en puerta.

En mi opinión, la reforma al Poder Judicial de la Federación rompió desde la raíz ese techo e impuso reglas para garantizar la participación efectiva de las mujeres como juzgadoras, lo que, tiene un impacto positivo en la resolución de los problemas cotidianos en la sociedad.

Por último, es importante señalar que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral emitió los criterios de asignación de cargos para mujeres y hombres, así como los criterios para garantizar el cumplimiento del principio constitucional de paridad en las candidaturas, lo que asegura el respeto de los parámetros indicados.

En consecuencia, la primera elección de personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación (el próximo primero de junio), entre otras ventajas,representa la oportunidad para garantizar que mujeres y hombres accedan a dichos cargos respetando los principios constitucionales y, de esta manera, asegurar la participación efectiva e inclusiva de las mujeres en la resolución de todos los conflictos jurídicos, lo que, sin duda, será un paso importante para la paridad.