Metrópoli

La fecha límite para realizar actos de difusión es el 31 de julio

Inicia la difusión de proyectos para el Presupuesto Participativo 2025 en la CDMX

Concluye dictaminación de casi 22 mil proyectos para la Consulta de Presupuesto Participativo 2025

A partir de este viernes y hasta el próximo 31 de julio, las y los ciudadanos que hayan propuesto proyectos viables dentro del Presupuesto Participativo 2025 podrán promover sus iniciativas con el fin de que la comunidad los conozca rumbo a la consulta ciudadana prevista para agosto.

De acuerdo con las autoridades electorales de la capital, la difusión podrá realizarse tanto en espacios públicos como a través de medios digitales. Sin embargo, se establecen lineamientos estrictos para garantizar la equidad y el carácter comunitario del ejercicio participativo.

Las personas proponentes podrán entregar propaganda impresa únicamente si está elaborada en papel 100% biodegradable y que, al menos, contenga 50% de material reciclado. El formato autorizado es media carta, en blanco y negro.

Además, cada material deberá estar enfocado exclusivamente en un solo proyecto y deberá ser distribuido únicamente dentro del perímetro de la Unidad Territorial a la que pertenece la propuesta.

La difusión no podrá realizarse en oficinas públicas, templos, espacios religiosos ni en lugares vinculados con partidos políticos. Asimismo, queda prohibido el uso de colores, tipografías, siglas o denominaciones propias de partidos, así como cualquier alusión religiosa, nombres de personas servidoras públicas, frases oficiales o referencias a programas gubernamentales.

Tampoco se permite utilizar mobiliario urbano, árboles, arbustos, espacios públicos o equipamiento urbano para colocar, fijar, colgar o pegar propaganda. Las personas promoventes también tienen prohibido hacer promoción de las Comisiones de Participación Comunitaria (COPACO) o de sus integrantes, así como establecer módulos fijos para la entrega de materiales.

El uso de recursos económicos está limitado: no podrá exceder de 24 Unidades de Medida y Actualización (UMAS) vigentes. Además, queda prohibido aceptar financiamiento de asociaciones civiles o religiosas, usar recursos públicos, otorgar regalos o condicionar servicios a cambio de apoyo al proyecto.

En cuanto a la promoción digital o electrónica, esta deberá tener un carácter meramente informativo y enfocarse en los beneficios que el proyecto aportaría al entorno comunitario. También será obligatorio respetar los derechos de autor y la propiedad intelectual de cualquier material audiovisual utilizado.

Está estrictamente prohibido incluir la imagen o voz de menores de edad, así como incurrir en calumnias, difamaciones o expresiones de violencia, ni ofensas contra otros proyectos o personas participantes.

Cada material debe especificar el número de proyecto, la Unidad Territorial correspondiente y la demarcación territorial a la que pertenece. Esta información permitirá identificar correctamente la iniciativa participante. Una vez concluido el periodo de difusión, la persona promovente deberá retirar la propaganda que haya difundido por medios digitales o electrónicos.

La fecha límite para realizar actos de difusión es el 31 de julio. Cualquier actividad promocional posterior a ese día podrá ser sancionada con la cancelación del registro del proyecto.

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