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El fallo defiende los derechos de inmigrantes expulsados sin aviso ni defensa legal, y exige respeto al debido proceso tras denuncias de expulsiones ilegales bajo una ley de 1798

Corte Suprema frena las deportaciones exprés; Trump no puede pisotear la Constitución

Deportaciones El fallo de la Corte Suprama de EU hace recordar que toda persona, sea o no ciudadana, tiene derecho al debido proceso antes de ser privada de libertad o expulsada del país. (Especial)

La Corte Suprema de EU dio un nuevo y contundente revés a la administración Trump al frenar las deportaciones exprés de migrantes venezolanos desde Texas, realizadas al amparo de la Alien Enemies Act, una ley de tiempos de guerra de 1798.

El fallo, emitido el viernes por la noche, reafirma un principio esencial del sistema judicial estadounidense: toda persona, sea o no ciudadana, tiene derecho al debido proceso antes de ser privada de libertad o expulsada del país.

“Un aviso de deportación con apenas 24 horas de antelación, sin información sobre cómo ejercer el derecho al debido proceso, simplemente no es constitucional”, escribieron los jueces.

La Corte también recordó que, en muchos casos, la administración se niega a repatriar a personas deportadas ilegalmente, lo que agrava la vulneración de derechos.

El caso de Abrego García

El fallo se centró especialmente en el caso de Kilmar Abrego García, un migrante venezolano deportado a El Salvador en marzo, pese a que una orden judicial explícita prohibía su expulsión.

A día de hoy, sigue detenido en ese país, mientras la Casa Blanca ignora la instrucción de la Corte de “facilitar” su retorno.

“El gobierno está defendiendo el derecho a esconder ciudadanos no estadounidenses en prisiones extranjeras sin el más mínimo debido proceso”, escribió con severidad el juez conservador J. Harvie Wilkinson.

El caso ha sido calificado como una manipulación deliberada del sistema judicial para evitar el escrutinio de los tribunales.

La jueza federal Paula Xinis, que supervisa el caso, investiga ahora si la administración ha incumplido la orden de la Corte. Se espera que el caso regrese al máximo tribunal, que entonces podría establecer una guía más clara sobre las garantías mínimas en estos procedimientos.

El debido proceso no es negociable

El fallo forma parte de una serie de decisiones judiciales que han trazado una línea clara frente a las deportaciones aceleradas impulsadas por Trump. A pesar de los intentos del presidente de recortar derechos fundamentales alegando emergencias migratorias o amenazas a la seguridad nacional, los jueces han insistido en que el debido proceso no puede eliminarse por decreto.

Incluso en tribunales de apelaciones, como el de Boston, se han emitido fallos que exigen un aviso mínimo de 15 días antes de deportar a alguien a un tercer país, especialmente si existe riesgo de persecución o detención indefinida.

En otro caso, se acusó al gobierno de enviar personas desde Guantánamo a El Salvador sin advertencia previa, en aparente desacato a las órdenes judiciales.

Trump y sus asesores: un desprecio abierto a la Constitución

El presidente ha manifestado abiertamente su impaciencia con el sistema judicial. “Tenemos millones de personas que entraron ilegalmente. No podemos tener un juicio para cada una”, dijo recientemente en CBS News.

Su asesor de política interna, Stephen Miller, fue más allá y sugirió suspender el habeas corpus, el mecanismo constitucional que permite a una persona detenida pedir revisión judicial de su caso.

Pero la Corte Suprema ha dejado claro que, aun bajo la Alien Enemies Act, los migrantes tienen derecho a recurrir vía habeas corpus, incluso si el gobierno invoca poderes extraordinarios.

La profesora de derecho Amanda Frost, de la Universidad de Virginia, lo resumió así: “Los jueces saben perfectamente que esta administración está manipulando el proceso todo lo que puede para evitar revisión judicial. Y la Corte no lo va a permitir”.

Reglas más estrictas para futuras expulsiones

En su decisión del viernes, la Corte devolvió el caso al Tribunal de Apelaciones del Quinto Circuito para que determine cuánto tiempo y qué tipo de notificación debe recibir una persona antes de ser deportada bajo esta ley de 1798.

Los jueces no resolvieron todos los aspectos, pero dejaron algo claro: los derechos constitucionales no se suspenden según el capricho de un gobierno, y los inmigrantes, independientemente de su estatus, tienen derecho a ser escuchados antes de que una orden de deportación cambie sus vidas para siempre.

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