El Gobierno Federal publicó el jueves en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) dos leyes secundarias claves en la reforma al Poder Judicial, las de Carrera Judicial y las reformas a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, con lo que avanza el proceso para que ministros, jueces y magistrados sean electos por voto popular el primer domingo de junio próximo.
Las leyes en cuestión son las que se refieren a la nueva Ley de Carrera Judicial y las reformas realizadas a la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
De acuerdo con el documento oficial, la primera ley establece un mecanismo de regulación para la evaluación, permanencia, promoción, organización y participación del personal del Poder Judicial de la Federación.
La nueva Ley de Carrera Judicial se ajusta a los principios de excelencia, objetividad, imparcialidad, profesionalismo, independencia y paridad de género, contemplados en la Constitución, además de que respeta los derechos de las personas que actualmente trabajan en el Poder Judicial federal.
Asimismo, la norma subraya el perfil que los funcionarios deberá estar constituido por el conjunto de capacidades y cualidades personales que permiten asegurar que, en el ejercicio de sus funciones, responderá de manera idónea a las demandas de justicia. También señala los lineamientos con los que deberá cumplir la persona que aspire a un cargo.
Además, en el documento constan medidas de combate al nepotismo como impedimentos en los nombramientos en casos puntuales y la obligación de informar vínculos familiares. Para ello, se crea el Registro Único de Personas Servidoras Públicas de la Carrera Judicial, que contará con un padrón de relaciones familiares a través de un sistema electrónico en el que los servidores públicos deberán manifestar, cada seis meses, sus relaciones familiares en el Poder Judicial de la Federación, por afinidad o consanguinidad hasta el cuarto grado, así como los posibles conflictos de interés en el ejercicio de su encargo.
La segunda ley secundaria es la que comprende la reforma constitucional en materia de responsabilidades de las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación y la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Esta legislación otorga al Tribunal de Disciplina Judicial la atribución de investigar e imponer las sanciones que correspondan a las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación, por faltas administrativas; de igual manera, se otorga la facultad a los Tribunales de Disciplina Judicial de las entidades federativas y de la Ciudad de México para que puedan realizar lo propio con las personas servidoras públicas de los poderes judiciales locales.
En el DOF también fueron publicadas las adecuaciones que permitirán considerar como falta administrativa no grave la inobservancia del Código de Ética y los diversos Códigos de Conducta, que son instrumentos que establece principios, valores y reglas de integridad para que los servidores públicos actúen en beneficio de la sociedad.