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La Primera Sala, que preside la ministra Loretta Ortiz, resolvió que los padres de la niña de 12 años que fue violada sean considerados como víctimas indirectas

Ampara Corte a padres de Fátima, víctima de feminicidio; ordena reparación integral del daño

Por unanimidad de votos, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que preside la ministra Loretta Ortiz, resolvió considerar como víctimas indirectas a los padres de Fátima, niña de 12 años que en 2015 al salir de su secundaria, en el Estado de México, fue interceptada por tres hombres quienes la torturaron, violaron y golpearon con piedras hasta causarle la muerte.

El proyecto de resolución estuvo a cargo de la ministra Ana Margarita Ríos Farjat, y durante la sesión de este miércoles los ministros votaron a favor de conceder un amparo a la madre y el padre de la pequeña víctima de feminicidio.

Al fundamentar su voto, Ortiz Ahlf sostuvo que cada feminicidio es un recordatorio doloroso de que la igualdad de género no sólo es necesaria, sino urgente.

“Este fallo reafirma el papel del Estado para contribuir en la reparación integral del daño a las víctimas de este delito, incluyendo acciones que transformen la situación estructural de violencia y discriminación”, afirmó.

La tragedia que envolvió a la familia Quintana Gutiérrez comenzó en febrero de 2015, en el municipio de Lerma, Estado de México, cuando Fátima, una menor de 12 años, salió de la secundaria rumbo a su casa, pero en su trayecto fue interceptada por tres hombres quienes la sometieron, torturaron, violaron y golpearon con piedras.

Los padres, al ver que no llegaba su hija, comenzaron a buscarla. Más tarde, en un canal de agua seco, encontraron el cuerpo sin vida de la menor, cubierto con hojarasca, maleza, una llanta y tres piedras.

Derivado de las investigaciones, los sujetos fueron detenidos, entre ellos un menor de edad y dos adultos que fueron procesados y sentenciados después de haber impugnado. No sin antes de que personas allegados a ellos amenazaran a los papás de la pequeña, lo que provocó su desplazamiento forzado, además de la muerte de Daniel, el más pequeño de sus hijos.

Tras la impugnación, los padres de la víctima se inconformaron y promovieron un juicio de amparo por no haber sido consideradas como víctimas indirectas y tener el derecho a la reparación integral de daño, pues el Tribunal que conoció del asunto negó la protección constitucional.

Con el fallo de la Primera Sala, un Tribunal Colegiado debe emitir una nueva determinación en la que se les reconozca el carácter de víctimas indirectas del delito de feminicidio, se cuantifique nuevamente el monto de la reparación del daño -porque no debe haber un tope- y se exhorte a las autoridades del Estado de México a brindar medidas de no repetición y de satisfacción. ´

Loretta Ortiz enfatizó que el feminicidio, además de ser un acto de violación a los derechos humanos, es la máxima expresión de violencia, odio y discriminación contra las mujeres y niñas.

Abogada Ana Yeli Pérez reconoce proyecto de Ríos Farjat y fallo de Corte

Para la abogada del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), Ana Yeli Pérez, la sentencia a favor de los padres de Fátima representa poder transformar el acceso a la justicia para las víctimas de feminicidio en México.

Este caso representa una lucha de una década por justicia para Fátima Quintana Gutiérrez, una niña brutalmente asesinada en febrero de 2015 en Lerma, Estado de México.

“En esta década, su familia no sólo ha enfrentado el dolor de su pérdida, sino también amenazas, desplazamiento forzado y, en 2020, la muerte de su hijo Daniel, de 16 años, víctima de negligencia médica y estatal mientras se encontraba bajo medidas de protección en Monterrey, Nuevo León. El Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito negó a los padres de Fátima el reconocimiento formal como víctimas indirectas del feminicidio, impidiéndoles acceder a la reparación del daño. Ahora, la Corte corrige esta injusticia y deja como precedente que la calidad de víctima indirecta no debe depender de formalismos, sino del vínculo con la víctima y el impacto en sus familiares”, señaló la especialista.

Desde hace ocho años, el OCNF acompaña a la familia de Fátima en su lucha por la justicia.

La Primera Sala ordenó que se cuantifique nuevamente el monto de la reparación del daño; y se exhorte a las autoridades del Estado de México a brindar medidas de no repetición y de satisfacción.

AMPARO PARA PADRES Derivado del feminicidio de Fátima, sus padres vivieron un desplazamiento forzado, además de la muerte del hijo más pequeño. (JRamon/SCJN)

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