La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) validó el desechamiento de la queja del panista Aníbal Cañez contra la excandidata a ministra Lenia Batres por presuntamente haber recibido promoción por parte de servidores públicos de Morena en Nuevo León.
Los magistrados también resolvieron en favor de la UTC al confirmar argumentos infundados contra la ministra Batres Guadarrama.
En la ponencia de Felipe de la Mata Pizaña se expuso la queja presentada en contra del presidente municipal de Santa Catarina, Nuevo León, y de una funcionaria partidista con motivo de un evento de campaña de Lenia Batres Guadarrama y en el que presuntamente se cometieron diversas infracciones electorales.
“Los agravios son infundados, pues se sustentan en hipótesis interpretativas desarrolladas de manera subjetiva, además de que los criterios jurídicos que invoca en torno a la necesidad de realizar diligencias adicionales, únicamente adquieren aplicabilidad cuando existe la posibilidad jurídica y racional de que los hechos denunciados pudieran llegar a actualizar una infracción electoral, aunado a que de las indagatorias practicadas efectivamente no se advierten elementos que permitan razonar en torno a la comisión de alguna ilicitud”.