CDMX — La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó más de 400 elementos probatorios, incluso otros más analizados con ciencia estadística, en juicios acumulados de nulidad de la elección de las nueve candidaturas a ministras a ministros de la Corte, que rendirán el cargo el próximo 1 de septiembre, refrendó la defensa del diseño del voto ciudadano, conforme el “mandato de la histórica reforma constitucional” para reestructurar el PJF.
Con los votos en contra de la nulidad del proceso electoral dentro del Poder Judicial de la Federación (PJF), por el que se eligió al pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la magistrada presidenta, Mónica Soto Fregoso usó un lugar común, y dijo que la exposición de este asunto “era la crónica de un proyecto anunciado”.
En efecto, desde el pasado jueves, cuando se hizo público el sentido de la sentencia de quien fue magistrado presidente del TEPJ, se conoció que sería votado en contra de la nulidad.
Al presentar el proyecto de sentencia del asunto SUP-JIN-194/2025 y acumulados para anular la elección de quienes serán los integrantes de la Corte, impugnación a la que recurrieron candidaturas víctimas de no ser votadas por existencia de una maquinaria electoral ilícita para beneficiar cargos a modo, el magistrado electoral Reyes Rodríguez Mondragón expuso resultados de la ciencia estadística que evidenciaron que el uso de guías del sufragio influyeron y deter…
[4:36 AM, 8/21/2025] Eloísa Domínguez: Soto Fregoso usó un lugar común, y dijo que la exposición de este asunto “era la crónica de un proyecto anunciado”.
En efecto, desde el pasado jueves, cuando se dio a conocer el sentido de la sentencia de quien fue magistrado presidente del TEPJ, se conoció que sería votado en contra de la nulidad.
Al presentar el proyecto de sentencia del asunto SUP-JIN-194/2025 y acumulados para anular la elección de quienes serán los integrantes de la Corte, impugnación a la que recurrieron candidaturas víctimas de no ser votadas por existencia de una maquinaria electoral ilícita para beneficiar cargos a modo, el magistrado electoral Reyes Rodríguez Mondragón expuso resultados de la ciencia estadística que evidenciaron que el uso de guías del sufragio influyeron y determinaron la conformación del pleno del máximo tribunal del país.
El proyecto, precisó Rodríguez Mondragón se centra en el uso de estos llamados ‘acordeones’,
“A continuación me referiré a la evidencia que soporta cada una de las hipótesis para la invalidez. La existencia de los ‘acordeones’ como un medio ilícito de propaganda queda plenamente acreditada, y junto con esta demanda fueron aportados 3,188 ‘acordeones’ que se podían incluso descargar ya con el lleno de los requisitos para emitir el voto en favor de diversas candidaturas que compitieron por integrar la Suprema Corte de Justicia de la Nación , cuestionando la validez de la elección celebrada.
El magistrado puntualizó que, tras un estudio exhaustivo del caso, que valora los argumentos y la evidencia ofrecida, la nulidad de la elección para ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación debe valorarse por la falta de equidad en la contienda, por la libertad y autenticidad del voto, así como la prohibición de cualquier tipo de financiamiento ajeno a las candidaturas.
El magistrado ponente aseveró que el diseño de ‘acordeones’, que más bien fueron boletas electorales descargables con su llenado de requisitos de votación, se replicó en diversas entidades en las que las nueve candidaturas a la Corte resultaron ganadoras.
“En términos de diseño, se observa que se trata de una impresión de características y corte profesional y especializado. Se demuestra que el fenómeno formó parte de una operación coordinada, premeditada e intencional y que no fue el resultado de acciones ciudadanas individuales ni espontáneas. Existe una plena coincidencia entre las candidaturas que aparecieron en los acordeones y las que ganaron u obtuvieron el mayor número de votos, lo cual genera un indicio fuerte sobre su grado de influencia en el voto ciudadano y los resultados”, expuso el magistrado a cargo del proyecto ante las demandas de las candidaturas que participaron para obtener uno de los 64 lugares en disputa, en cita resolución de incluyó la figura de impugnación ‘Amicus Curiae’.
Los argumentos legales del magistrado ponente fueron compilados en seis anexos con más de 500 argumentos que incluyeron estadísticas del comportamiento de votaciones dirigidas, sin posibilidad de cambios a resultados diferentes en las fórmulas definidas -que se usan en designaciones de cargos-.
Contra el proyecto de la resolución del magistrado Reyes Rodríguez se pronunciaron Felipe Fuentes Barrera, Felipe de la Mata Pizaña y Mónica Soto Fregoso, quienes un día antes de este debate fueron reconocidos por su probidad y virtud en la justicia electoral por el líder parlamentario de los diputados de Mirna, Ricardo Monreal.
Mata Pizaña consideró que el proyecto de Rodríguez Mondragón “era una trama paranoica” contra una elección de ministros carente de pruebas comprobables para pretender anular los cargos de los jueces constitucionales.
En ese sentido, se pronunció Fuentes Barrera, quien reclamó argumentos con rigor jurídico. La ley ordena cumplir con estándares basados en la lógica, dijo, pero este proyecto sostiene una sola hipótesis, basada en inferencias y notas periodísticas, con falacias débiles y creer que eso son pruebas.
“La deficiencia probatoria se acentúa en que no hay evidencia cuantitativa en los votos afectados (por uso de ‘acordeones’)”, expuso Felipe Fuentes Barrera, quien desestimó las gráficas de la ciencia estadística presentadas en el debate.
La magistrada presidenta, además de pedir a Reyes Rodríguez respeto por su investidura fuera de lugar, pronunció una defensa contra la nulidad de la elección quienes integrarán el pleno de la Corte.
“Estamos ante la crónica de un proyecto anunciado”... Y más: “Hemos cumplido con un diseño y un mandato constitucional”.
La magistrada Janine Otálora también presentó proyecto de resolución en favor de la nulidad de la elección de los ministros cuestionados.
Explicó que los juicios nulidad de una elección tiene como fin la protección de la autenticidad del sufragio que se emite en una cadena democrática, y si esa cadena se desvirtúa no hay legitimidad que se sustente.
“Yo sí comparto que el análisis estadístico refuerza los hallazgos contenidos de prueba en el expediente”, dijo Otálora.
De 64 opciones de aspirantes siempre las combinaciones numéricas dieron como resultado las nueve candidaturas ganadoras, práctica en casi todo el territorio.
“El proyecto determina la nulidad de la elección de los candidatos a ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”.
El próximo 1 de septiembre, las y los ministros cuestionados en diversos juicios de inconformidad asumirán el cargo ante el Senado y en una ceremonia por la tarde en la Sedena l máximo tribunal del país.