CDMX — Multar con casi tres mil pesos a las personas sin techo y que duermen en las calles de Morelos es injusto, calificó el pleno de la Suprema Corte de Justicia de Nación (SCJN), por lo que invalidó leyes que regían a dos municipios de esa entidad.
El pleno de ministros determinó que sancionar a quienes usan el espacio público para dormir es una medida discriminatoria e injusta, pues el descanso es una necesidad humana básica, y ninguna autoridad puede castigar a las personas por carecer de un techo donde descansar.
Además, la Corte se pronunció por el que los Congreso locales elaboren reglas claras y precisas en sus leyes de Ingresos.
Con este fallo, los ministros se pronunciaron en su obligación de defender las disposiciones de la Constitución para proteger el derecho a la dignidad.
Los municipios morelenses imponían multas de hasta $2,838.00 (Dos mil ochocientos treinta y ocho pesos 00/M.N.) a quienes durmieran en la vía pública.
Muy subjetivo, conducta de alteración del orden público
El máximo tribunal del país también invalidó leyes de ingresos de diversos municipios que imponían sanciones por conductas ambiguas como “alterar el orden y la seguridad pública”, “provocar escándalo” o “insultar o faltar el respeto a la autoridad”.
El pleno coincidió en la vaguedad de leyes que daban lugar a arbitrariedades por parte de autoridades al momento de aplicar la normatividad, por lo que analizó la Acción de Inconstitucionalidad 23/2025 y resolvió en favor de los posibles afectados.
