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Con opinión en contra de Lenia Batres, el pleno se manifestó en favor de conceder amparo a una mujer a quien le fue negado el documento de identidad para realizar viajes fuera de territorio mexicano

Foto con velo islámico por pasaporte, derecho de mujeres; dan 8 votos a favor de resolución de ministra Yasmín Esquivel

CDMX — El uso de velo islámico en el trámite de pasaporte es un derecho y está impedido como factor de negativa para obtener un pasaporte en México, de acuerdo con la resolución de la ministra Yasmín Esquivel que fue apoyada por la mayoría de votos del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y uno en contra de Lenia Batres, con lo cula una mujer obtuvo un amparo para continuar con el proceso del trámite de su documento de identidad para salir de territorio nacional.

Esquivel Mossa expuso en su criterio constitucional por derecho de mujeres a su plena libertad de elegir profesar o no una religión y desarrollar planes de vida o trabajos, sin sufrir discriminación por la condición de género, y menos que el uso de una prenda como el velo islámico sea factor de impedimento para obtener un pasaporte en México.

La ministra aseguró que el análisis del amparo en revisión es una oportunidad histórica para que el Alto Tribunal proteja los derechos de las mujeres para tener plena libertad de elegir profesar o no una religión y desarrollar planes de vida o trabajos, sin sufrir discriminación por la condición de género.

“En este asunto no está en juego solamente el derecho de una mujer a obtener su pasaporte; en este caso la Suprema Corte habla en nombre de todas las mujeres de México, a quienes se nos ha impuesto históricamente una carga adicional a la que tienen los hombres, en todas las facetas de nuestra vida diaria”, señaló Esquivel Mossa.

Enfatizó que esta es la primera ocasión en la cual la Corte emite un pronunciamiento sobre el uso del velo islámico y la obtención de un pasaporte.

Sostuvo que el expediente sometido al pleno exige realizar un análisis con una perspectiva de género e interseccionalidad.

“La afectada sufre una doble discriminación: primero, por su condición de mujer y, segundo, por la religión que decidió libremente adoptar. Es ponernos en los zapatos de las personas que se encuentran en una situación de vulnerabilidad y poder protegerlas desde este Alto Tribunal”, argumentó.

La ministra Yasmín Esquivel reiteró “la doctrina jurisdiccional de la SCJN con relación al principio de laicidad del Estado y libertad religiosa, porque las personas tienen derecho a manifestar sus creencias religiosas y a vivir conforme dictados de sus normas confesionales; libertad que puede limitarse, excepcionalmente, por causas de seguridad nacional y orden público, entre otras”.

EN ZAPATOS DE VÍCTIMAS La ministra Yasmín Esquivel logró amparo para una mujer, y su derecho al uso del velo islámico en procesos de trámites de identidad, como el, pasaporte.

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