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El Consejo General avaló la propuesta de la Comisión de Quejas al resolver denuncias de ciudadanos, un total de 54, aunque muchos otros quedaron fuera por ‘caducidad’ en la potestad sancionadora conferida a los consejeros electorales

INE impone multa de 10 mdp a PRI y Morena por afiliación ciudadana sin consentimiento

El Consejero General del Instituto Nacional Electoral (INE) impuso multas de 9.9 millones de pesos contra partidos políticos por su indebida afiliación de ciudadanos sin su consentimiento.

PRI y Morena son los principales partidos contra quienes recaerá esta sanción, conforme lo determinó el pasado viernes la Comisión de Quejas del INE. Sin embargo, estas multas también alcanzan a otros institutos por desafiliación.

En sesión extraordinaria previa a los días de asueto por las fiestas de fin de año, el pleno de consejeros votó en favor de la resolución de un total de 54 asuntos vinculados con irregularidades de los partidos políticos, aunque muchos otros quedaron fuera de una respuesta legal por la ‘caducidad de la potestad sancionadora´conferida a los consejeros electorales.

Arturo Castillo Loza, presidente de este grupo de trabajo, presento 54 proyectos de resolución relativos a procedimientos ordinarios sancionadores que, de ser aprobados, podrían implicar sanciones a los distintos partidos políticos por 9.9 millones de pesos.

El consejero electoral detalló que de los 54 asuntos, 40 corresponden a procedimientos por la indebida afiliación o desafiliación de 43 ciudadanos y ciudadanas. Otros 14 corresponden a procedimientos incoados por vistas del Consejo General y otras autoridades, así como una denuncia por la omisión de retirar propaganda electoral colocada en inmueble público, además de “salvar” la caducidad de la potestad sancionadora en ocho casos.

“Las consejerías que integramos la Comisión de Quejas estimamos actualizada la hipótesis prevista en la jurisprudencia 9 de 2018 de la Sala Superior del Tribunal Electoral, en la que se prevé que en el procedimiento ordinario sancionador la caducidad de la potestad sancionadora de la autoridad opera al término de dos años contados a partir de que se tenga conocimiento de la denuncia respectiva.

El consejero resaltó el trabajo de la Unidad Técnica de lo Contencioso por desahogar 257 procedimientos ordinarios sancionadores en trámite, derivado de lo cual el Consejo General ha resuelto 145, más los 54 que aprobados este jueves se logró un total de 199 procedimientos resueltos, avance de 77 por ciento en el abatimiento del rezago en la resolución de procedimientos ordinarios sancionadores.

“Esto amerita un reconocimiento a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral y, naturalmente, también el acompañamiento y el trabajo de los equipos y de las consejerías de la Comisión de Quejas, las consejeras Rita Bell López Vences y Claudia Zavala Pérez”, expresó Arturo Castillo.

Antes de la emisión de votos a favor y en contra de la resolución del consejo, Emilio Licona, representante del PRI ante el INE, se manifestó por el plazo de potestad sancionadora de la autoridad electoral, que, enfatizó, no es indefinida, tiene límites temporales claros establecidos para proteger el debido proceso, la certeza jurídica y la confianza de la ciudadanía en las instituciones.

“Sostenemos que este criterio no puede aplicarse de manera selectiva, vincula al Instituto consigo mismo y debe observarse en condiciones de congruencia. En este sentido, lo que estamos planteando no radica en la duración del plazo, sino en el momento en el que inicia su cómputo para efectos de la caducidad. Y desde el PRI sostenemos que los siguientes expedientes han caducado, pues el INE tuvo conocimiento de los hechos desde el 2023 a través de sus órganos distritales.

El proyecto de la comisión fue votado por unanimidad.

AVAL A MULTAS El Consejo General del INE avaló multas contra partidos políticos.

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